miércoles, 26 de agosto de 2026

..."COLOMBIA AL ADHERIRSE AL ESTADO DE ROMA, HIZO INCLUSO UNA DECLARACIÓN EXPRESA REAFIRMANDO LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS Y NORMAS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO"...



COLOMBIA NO SOLO PUEDE COMBATIR AL CRIMEN ORGANIZADO. TIENE OBLIGACIONES INTERNACIONALES DE HACERLO





Por Martín Eduardo Botero -Doctorado (P.h.D) - Experto Constitucionalista-

  

La discusión que comienza alrededor de la nueva estrategia de seguridad no debería reducirse a una batalla semántica sobre la palabra terrorismo.

Colombia no actúa en un vacío jurídico.

Durante décadas, el Estado ha asumido obligaciones internacionales específicas para prevenir, investigar, perseguir y sancionar el narcotráfico, el lavado de activos, la financiación del terrorismo, la delincuencia organizada transnacional y la corrupción.

La Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia Organizada Transnacional -Convención de Palermo- obliga a los Estados parte a adoptar medidas contra la participación en grupos delictivos organizados y construye precisamente un marco de cooperación internacional frente a organizaciones que trascienden fronteras.

Naciones Unidas reconoce, además, los vínculos existentes entre delincuencia organizada, lavado de dinero, corrupción y terrorismo.

A ello se suma todo el sistema internacional contra el lavado de activos. No es un asunto secundario: las convenciones de Viena contra el narcotráfico. Palermo contra la delincuencia organizada y Mérida contra la corrupción han construido progresivamente obligaciones de criminalización, investigación, cooperación y persecución patrimonial. La propia Convención de Mérida dedica su artículo 23 al blanqueo del producto del delito.

Por eso resulta jurídicamente importante que la estrategia anunciada no se limite al despliegue militar o policial. El comunicado habla también de inteligencia financiera, acceso a información bancaria dentro del marco jurídico correspondiente. Fiscalía, sistema financiero, persecución de estructuras económicas y coordinación institucional. Ese es precisamente el punto.

NO SE DERROTA EL CRIMEN ORGANIZADO PERSIGUIENDO UNICAMENTE AL HOMBRE ARMADO

Hay que perseguir simultáneamente: la organización, el dinero, los bienes, las redes financieras, los testaferros, la corrupción que la protege, las rutas internacionales y quienes financian su funcionamiento.

Y ahí narcotráfico, terrorismo, corrupción y lavado de activos dejan de aparecer como fenómenos aislados. Forman, en muchas organizaciones, un ecosistema criminal.

Ahora bien, el Gobierno deberá ser especialmente riguroso en una cuestión: la denominación "terrorista" no puede borrar los distintos regímenes jurídicos aplicables.

El CICR recuerda que el DIH no contiene una definición general de terrorismo y que, cuando existe un conflicto armado, la calificación jurídica depende de criterios objetivos, fundamentalmente organización del grupo e intensidad de la violencia. La motivación política, económica o de otra naturaleza no determina por sí sola la existencia de un conflicto armado.

Esto significa algo fundamental: Combatir con toda la fuerza legítima del Estado no significa combatir sin derecho. Significa exactamente lo contrario: utilizar toda la fuerza que el derecho permite y cumplir simultáneamente todas las obligaciones que el derecho impone.

Si determinadas estructuras son parte de un conflicto armado no internacional, continúa aplicándose el DIH. Si determinadas actuaciones corresponden al mantenimiento del orden público, operan el derecho interno y el derecho internacional de los derechos humanos. El propio CICR advierte que Colombia presenta ambos escenarios y que el marco aplicable debe determinarse según las circunstancias concretas.

Por eso tampoco sería correcto sostener que llamar terrorista a una organización elimina automáticamente las garantías del DIH. No las elimina. Colombia, al adherirse al Estado de Roma, hizo incluso una declaración expresa reafirmando la aplicación de los principios y normas del derecho internacional humanitario.

Y precisamente está precisión fortalece -no debilita- la decisión gubernamental. El Estado puede ser implacable contra las estructuras criminales y rigurosamente respetuoso del derecho al mismo tiempo.

Amen.









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